Cuales son las ventajas de nombrar contador partidor

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Entre las primeras recomendaciones que realizamos a cualquier persona que pretende planificar con detalle su futura sucesión, destaca la de nombrar un contador-partidor que puede ostentar adicionalmente o no la condición de albacea. A diferencia de este, que únicamente cuida de que las disposiciones testamentarias sean cumplidas, el contador-partidor, como su nombre ya adelanta, se encarga de, previa liquidación del régimen económico matrimonial del causante y del cónyuge viudo, realizar el inventario de los bienes que forman el caudal relicto y su valoración, pagar las deudas de la herencia, dividir dicho caudal y adjudicarlos.  

Pese a que el régimen de legítimas contenido en el Código Civil persigue la equidad, no hay que olvidar que en todo momento se habla de cuotas, en abstracto, resultando altamente probable que la valoración y/o adjudicación de ciertos bienes concretos sean objeto de controversia entre los herederos. En este sentido debe recordarse que la partición puede ser llevada a cabo bajo el consentimiento unánime de todos los herederos que acuden a la sucesión, confiriendo una posición privilegiada al heredero díscolo que pretende exigir más de lo que le corresponde.

De este modo hay que tener en cuenta que la existencia del contador-partidor exime de tal aprobación unánime, lo que evita posibles situaciones de bloqueo, acelerando la ejecución de los trámites de la sucesión, así como redunda en una reducción de la conflictividad y de los litigios en torno a la herencia por cuanto, de nombrarse a una persona o despacho cualificados en la materia –lo cual aconsejamos pues perdería sentido el nombramiento en caso contrario- se externaliza a través de un tercero objetivo e imparcial la ya complicada tarea de valorar los bienes que conforman el caudal relicto y de repartirlos.

Nuestro despacho, especializado en esta materia, pone a disposición de sus clientes, un equipo de profesionales con amplia experiencia. Póngase en contacto con nosotros, le atenderemos a través del teléfono 954 70 91 45, o el correo electrónico contacto@gutierrezbeusterabogados.com

Este es mi criterio, salvo mejor opinión fundada en Derecho, no sirviendo el mismo como asesoramiento jurídico.